Hoy en día la primera causa de muerte violenta en Colombia es los accidentes de tránsito con más de 7.000 personas que han sido víctimas fatales en el último año, de este flagelo que nos persigue a todos en plena luz del día. Así, ninguna persona es consciente del riesgo tan alto que corre con tan solo salir a caminar a la calle o hacer uso de un vehículo, motocicleta y hasta bicicletas.

Es por eso que hoy quiero hablarles de la importancia y de lo que se debe hacer y saber una vez nos vemos envueltos un hecho tan desafortunado como lo es un accidente de tránsito.

Tengan muy presentes estos pasos:

  1. Una vez suceda el accidente de tránsito, trate de no mover su vehículo de la posición final, toda vez que esto imposibilita de manera directa realizar una buena investigación. Salvo que haya una persona atrapada entre los vehículos, proceda a moverlos y a auxiliar a la víctima.
  2. Llame a la línea de emergencia 123 y si hay víctimas solicite una ambulancia en primer lugar, posteriormente solicite apoyo de la policía de tránsito.
  3. Comuníquese con su aseguradora si es que cuenta con un seguro.
  4. Mientras se espera a las autoridades intente de manera formal y por escrito realizar una conciliación siempre y cuando las lesiones no sean de gravedad.
  5. Tome fotografías en todos los ángulos, de la señalización y de los vehículos en posición final donde se observen las placas de cada uno.
  6. A la llegada de la autoridad competente, estos iniciaran a realizar el respectivo informe policial de accidente de tránsito IPAT, donde inicialmente tomaran las medidas de las posiciones finales de los vehículos y de los elementos relacionados con el accidente para poder habilitar el tránsito en la vía.
  7. El informe policial cuenta con tres hojas inicialmente, pero se podrán poner anexos dado el caso. Sin embargo, en las dos primeras hojas encontraran datos de los vehículos involucrados y víctimas, así como condiciones de la vía, dirección y demás. En la segunda hoja hay un ítem fundamental, el cual es HIPÓTESIS DEL ACCIDENTE, donde usted deberá observa detalladamente que hipótesis está aplicando el agente de tránsito para poder determinar si el croquis está a su favor o en contra, las hipótesis podrá consultarlas en el siguiente enlace o en la aplicación siniestros. http://web.mintransporte.gov.co/rnat/app/ayudas/Resolucion_0011268_2012.pdf
  8. Una vez usted revise el contenido del presente informe, el agente de tránsito le dirá que debe firmarlo, sin embargo, si usted no está de acuerdo, puede manifestar su deseo de no firma con base en el artículo 142 del código nacional de tránsito, y el agente de tránsito no podrá obligar. Aunque firmarlo o no firmarlo no trae consecuencia alguna, toda vez que como bien se indica LAS HIPÓTESIS planteadas dentro de los informes se deben confirmar o descartar de manera técnica, por esa razón se deberá reconstruir el accidente de tránsito para que a través de las leyes de la física y con el uso de equipos especializados se logré determinar el factor determinante de ocurrencia del accidente de tránsito en cuestión.

9. Tenga en cuenta que el agente de tránsito deberá darle una copia del informe policial de accidente de tránsito, si es posible saquele una fotocopio, toda vez que la entregada por el policía es en papel químico el cual puede quedar ilegible con el paso del tiempo. En caso de no ser entregada, se puede acercar a la entidad de tránsito y solicitar la respectiva copia, en Bogotá en la URI de puente Aranda.

10. Si hubo víctimas en el accidente de tránsito, los conductores serán trasladados a la URI donde se les realizará la prueba de embriaguez, si uno de los conductores esta herido, será trasladado en ambulancia a la IPS correspondiente, donde el agente de tránsito deberá solicitar a la clínica que realiza la respectiva prueba de embriaguez.

11. Posteriormente los involucrados quedarán involucrados en un proceso judicial, todo esto teniendo en cuenta si el accidente fue con lesionados o muertos.

Es supremamente importante que si usted se encuentra asegurado, antes de todo este procedimiento y con asesoría de su abogado, si usted es responsable del accidente, solicite a su abogado entregar carta de invitación al tercero para los casos de choques simples y deje que se aseguradora se haga cargo.

ROGER KEVIN PALACIO DEVIA

Perito en accidentes de tránsito y Gerente de NBI S.A.S

http://www.nbi.com.co